En el uso diplomatico, el termino
poder protector
hace referencia a la relacion que puede ocurrir cuando un
estado soberano
no tiene
relaciones diplomaticas
con otro. Alguno de los paises puede solicitar a un tercer pais (con cual los dos mantienen relaciones diplomaticas) actuar como el poder protector, ofreciendo sus buenos oficios. En el territorio del pais anfitrion, el poder protector sera reconocido por ese pais como apoderado para representar al otro y proteger sus intereses. Esto puede extenderse al cuidado para la propiedad diplomatica del pais protegido y actuar como oficiales de consulado por parte de sus ciudadanos. La relacion y el estatus legal estan reconocidas en convenciones internacionales sobre asuntos consulares tales como las Convenciones de Viena.
[
1
]
La practica se utiliza cuando 2 paises han roto o suspendido sus relaciones diplomaticas de manera formal por cualquier motivo (o nunca las tuvo), incluyendo disputas territoriales o militares, y sin embargo quieren mantener alguna forma de comunicacion o medio de llevar a cabo asuntos necesarios. Efectivamente, es un medio de mantener a las relaciones diplomaticas incluso cuando esas relaciones han sido rotas. No es inusual que el poder protector retiene el uso de su
representacion diplomatica
antigua en cuanto a edificios (aunque reconocido como una seccion de la embajada del poder protector) y nombrar diplomaticos al estado anfitrion (nuevamente, como miembros de la "Seccion de Intereses" del poder protector en la mision diplomatica de ese pais). El anfitrion puede imponer restricciones mucho mas sustanciales sobre la capacidad del poder protector en relacion con nombrar personal o en otros asuntos.
[
1
]
No existe un requerimiento que el poder protector sea de un tamano particular o que mantiene neutralidad formal, si no que el poder protector tenga relaciones diplomaticas con ambos paises. El anfitrion debe otorgar o aceptar la presuncion de proteccion. Las responsabilidades y arreglos especificos estan acordados entre el poder protector y el poder protegido. En la practica, el poder protector puede estar capaz de llevar a cabo relaciones diplomaticas y otras relaciones sustanciales con el anfitrion, a pesar de la falta de relaciones formales.
[
1
]
Historia
[
editar
]
La institucion del poder protector se remonta a la
Guerra franco-prusiana
de 1870 y se formalizo en el
Convenio de Ginebra de 1929
. Los poderes protectores estan autorizados en las
4 Convenciones de Ginebra
de 1949. Ademas, la Cruz Roja Internacional puede ser designada como poder protector en virtud del
Protocolo I
(1977). La practica de seleccionar un poder protector en tiempos de paz se formalizo en la
Convencion de Viena sobre Relaciones Diplomaticas
(1961).
[
2
]
[
3
]
Caracteristicas
[
editar
]
El poder protector es designado por el pais emisor y tambien debe ser aceptable para el pais anfitrion. Por lo tanto, debe mantener relaciones diplomaticas con ambos paises. En tiempo de guerra, los
Convenios de Ginebra
tambien requieren que el poder protector sea un pais neutral. Las responsabilidades y arreglos especificos se acuerdan entre el poder protector, el pais emisor y el pais anfitrion.
En un mandato integral, el poder protector lleva a cabo la mayoria de las funciones diplomaticas en nombre del pais protegido. Esto es necesario cuando las relaciones son tan hostiles que las naciones enfrentadas no tienen personal diplomatico o consular instalado en el territorio de cada uno. Por ejemplo,
Suecia
lleva a cabo funciones consulares limitadas para los
Estados Unidos
,
Canada
y
Australia
en
Corea del Norte
.
[
4
]
En otros casos, las 2 naciones han roto relaciones diplomaticas, pero estan dispuestas a intercambiar personal de manera informal. El poder protector sirve como mecanismo para facilitar este intercambio. La embajada original sigue siendo atendida por ciudadanos del pais protegido, pero formalmente se la denomina como una "seccion de intereses" del poder protector. Por ejemplo, la Seccion de Intereses de
Cuba
estaba atendida por cubanos y ocupaba la antigua
embajada cubana en Washington
, pero formalmente era una seccion de la Embajada de
Suiza
en los
Estados Unidos
.
No es necesario que ambos paises seleccionen el mismo poder protector, aunque esto es conveniente para fines de comunicacion. Cada uno puede designar un poder protector diferente, siempre que la eleccion sea aceptable para el otro pais. Tampoco es obligatorio que un pais seleccione solo un poder protector en el pais receptor. Durante la
Segunda Guerra Mundial
,
Japon
nombro a
Espana
,
Suecia
y
Suiza
como sus poderes protectores en los
Estados Unidos
.
[
5
]
Mandatos actuales
[
editar
]
Vease tambien
[
editar
]
Referencias
[
editar
]
Enlaces externos
[
editar
]