La
dignidad
o ≪cualidad de digno≫ (del
latin
dign?tas
, que se traduce por ≪excelencia, grandeza≫)
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hace referencia al valor inherente a cada ser humano concreto por el simple hecho de serlo, en cuanto ser dotado de libertad.
No se trata de una cualidad otorgada por alguien, sino consustancial al ser humano.
No depende de ningun tipo de condicionamiento ni de diferencias etnicas, de sexo, de condicion social o cualquier otro tipo.
Segun la distincion introducida por
Antonio Millan-Puelles
, esta es la dignidad ontologica, diferente a la dignidad adquirida, y este ultimo concepto es similar al del
honor
.
Historia
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La dignidad humana nace en el pensamiento clasico por
Platon
, mas tarde es desarrollada por
Aristoteles
, despues por
Ciceron
y finalmente por
Seneca
.
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La idea de dignidad personal nace en el origen del
cristianismo
.
El hombre, al considerarse ≪creado a imagen y semejanza de Dios≫, se considera un sujeto libre y por lo tanto responsable de sus actos. Los conceptos de libertad y responsabilidad aparecen indisolublemente unidos al de dignidad.
Al ocupar un lugar central en la teologia cristiana los conceptos de
culpa
,
pecado
,
expiacion
y
perdon
, y al no poder existir culpa sin libertad de eleccion, la libertad y la dignidad son tambien ideas centrales del cristianismo.
Antes del cristianismo existia la idea de
libertad
y conceptos similares al de dignidad, como el
honor
, pero estos ultimos se ligaban a condiciones sociales particulares, no a todo ser humano.
Explicacion filosofica
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El
humanismo
llego a explicar filosoficamente el concepto de dignidad con argumentos racionales.
Fundamento la idea de dignidad en la
ley natural
.
De esta manera, una idea que habia tenido un origen religioso pasa a ocupar un lugar central en el pensamiento universal.
Reconocimiento juridico
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A pesar de ser una idea de larga tradicion, el reconocimiento juridico de la dignidad personal no se produjo hasta pasada la
Segunda Guerra Mundial
, con la
Declaracion Universal de Derechos Humanos
aprobada en 1948.
El despojo sufrido por numerosos grupos de poblacion durante la guerra y los anos anteriores a ella avivaron el reconocimiento individual en las victimas de la existencia de algo que no les podian robar: la libertad interior. Este reconocimiento, experimentado por numerosas personas al mismo tiempo, genero tras la guerra un movimiento social a favor del reconocimiento juridico de la idea de dignidad, con la esperanza de que episodios como los sufridos no volvieran a repetirse.
La
Declaracion Universal de Derechos Humanos
invoca en su Preambulo la ≪dignidad intrinseca (...) de todos los miembros de la familia humana≫, para luego afirmar que ≪todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos≫ (articulo 1°).
Con posterioridad, el concepto de dignidad humana fue retomado por los dos pactos internacionales de derechos humanos de 1966 y por la mayoria de los instrumentos condenatorios de una serie de practicas o directamente contrarias al valor esencial de la persona, tales como la tortura, la esclavitud, las penas degradantes, las condiciones inhumanas de trabajo, las discriminaciones de todo tipo, etc. En la actualidad, la nocion de dignidad humana tiene particular relevancia en las cuestiones de
bioetica
.
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Asimismo, un gran numero de constituciones nacionales, sobre todo las adoptadas en la segunda mitad del siglo
XX
, hacen referencia explicita al respeto de la dignidad humana como fundamento ultimo de los derechos enumerados y como la finalidad esencial del Estado de Derecho. En tal sentido, se destaca la Constitucion alemana de 1949, que como reaccion a las atrocidades cometidas durante el regimen nazi, establece en su articulo 1° que: ≪La dignidad humana es intangible. Los poderes publicos tienen el deber de respetarla y protegerla≫.
La dignidad humana, contiene elementos subjetivos, que corresponden al convencimiento de que las condiciones particulares de vida permiten alcanzar la felicidad y de elementos objetivos, vinculados con las condiciones de vida que tiene la Persona, para obtenerla. Siendo asi se determino a la Dignidad Humana, como un
derecho fundamental
.
La ponderacion de estos elementos constituye una parte importante de la evolucion del derecho Constitucional de la mayoria de los paises, asi como una de sus mayores discusiones, sobre todo a la hora de sopesar la Dignidad Humana con otros derechos fundamentales.
La Corte Constitucional Colombiana, definio de esta forma a la Dignidad Humana, en la sentencia T 881 de 2002:
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Una sintesis de la configuracion jurisprudencial del referente o del contenido de la expresion “dignidad humana” como entidad normativa, puede presentarse de dos maneras: a partir de su objeto concreto de proteccion y a partir de su funcionalidad normativa. Al tener como punto de vista el objeto de proteccion del enunciado normativo “dignidad humana”, la Sala ha identificado a lo largo de la jurisprudencia de la Corte, tres lineamientos claros y diferenciables: (i) La dignidad humana entendida como autonomia o como posibilidad de disenar un plan vital y de determinarse segun sus caracteristicas (vivir como quiera). (ii) La dignidad humana entendida como ciertas condiciones materiales concretas de existencia (vivir bien). Y (iii) la dignidad humana entendida como intangibilidad de los bienes no patrimoniales, integridad fisica e integridad moral (vivir sin humillaciones). De otro lado al tener como punto de vista la funcionalidad, del enunciado normativo “dignidad humana”, la Sala ha identificado tres lineamientos: (i) la dignidad humana entendida como principio fundante del ordenamiento juridico y por tanto del Estado, y en este sentido la dignidad como valor. (ii) La dignidad humana entendida como principio constitucional. Y (iii) la dignidad humana entendida como derecho fundamental autonomo.
Definicion
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Durante siglos la dignidad se explico en buena medida por la ≪
autonomia
≫ propia del
ser humano
, como vieron ya
Platon
,
Pico della Mirandola
y
Kant
, pues solo el que sabe y puede gobernarse a si mismo, segun un principio
racional
, resulta un sujeto libre ; al regular su comportamiento segun normas propias, segun el significado etimologico de la voz griega 'auto-nomia', ya no es un mero subdito, ya no esta bajo el dictado de otro, sino que
es
un ciudadano.
La
educacion
desempena aqui una funcion importante, puesto que el autentico ejercicio de la libertad, mas alla de la arbitrariedad del comportamiento extrema, exige la formacion de la inteligencia y de la voluntad, facultades especificas del espiritu humano. Logicamente, el presupuesto es el de la existencia de cierto grado de libertad posible en el ser humano y la negacion de un determinismo radical. La universalizacion o
globalizacion
de la dignidad es un presupuesto para la consecucion de una verdadera emancipacion y pacificacion moral de la humanidad: el ser humano, varon o mujer, nino o anciano, enfermo o sano, religioso o ateo, malvado o benevolente, blanco o negro... es ≪siempre digno≫, porque puede decidir que ser, porque no es solo lo que es, sino tambien sus aspiraciones y proyectos personales. Incluso al ser mas abyecto hay que reconocerle la posibilidad de ser otra cosa que lo que parece. Asi, la vida humana es respetable siempre porque puede ser algo mas que vida, vida con sentido, o sea, biografia.
La dignidad se basa en el reconocimiento de la persona de ser merecedora de
respeto
, es decir que todos merecemos respeto sin importar como seamos. Al reconocer y tolerar las diferencias de cada persona, para que esta se sienta digna y libre, se afirma la virtud y la propia dignidad del individuo, fundamentado en el respeto a cualquier otro ser. Se trata de una cualidad totalmente individual, de la persona concreta.
Se considera innata a cada persona. Ha de ser respetada por todos, pero no es otorgada por nadie, su existencia no depende del reconocimiento.
A su vez, una persona digna puede sentirse orgullosa de las consecuencias de sus actos y de quienes se han visto afectados por ellos, o culpable, si ha causado danos inmerecidos a otros. La misma dignidad que nos pone por encima de la naturaleza, pues podemos transformarla tambien en nosotros mismos, contenerla, regularla, nos hace responsables. Un exceso de dignidad puede fomentar el orgullo propio, pudiendo crear la sensacion al individuo de tener derechos exclusivos (privilegios).
La dignidad refuerza la personalidad, fomenta la sensacion de plenitud y satisfaccion. Para justificar la esclavitud se decia que el esclavo no era persona humana, sino un objeto, al igual que judios, gitanos y homosexuales durante el nazismo.
La dignidad es reconocida por los seres humanos sobre si mismos, como un producto de la
racionalidad
, la
autonomia de la voluntad
y el
libre albedrio
, aunque los criticos sobre esta forma de asignar dignidad indican que existen humanos que bajo ese criterio no podrian tenerla: bebes, ninos, disminuidos psiquicos profundos, seniles, dementes, etc.
Tambien han existido y existen personas, especialmente el movimiento por los
derechos animales
, que tambien otorgan algun grado de dignidad a individuos de otras especies animales por su condicion de individuos con cerebro que, por lo tanto, tambien tienen capacidad para sentir; no sin discusion puesto que esta asignacion de dignidad tambien seguiria siendo un reconocimiento puramente humano.
La dignidad humana se basa en muchos factores importantes y es un derecho muy importante.
Conclusivamente, la dignidad humana es definida como ≪la categorizacion de las cualidades inmanentes del Hombre≫.
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]
Vease tambien
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]
Notas y referencias
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]
- ↑
Real Academia Espanola.
≪dignidad≫
.
Diccionario de la lengua espanola
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Roberto Andorno
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Jesus Ballesteros, "Exigencias de la dignidad humana en Biojuridica", Bioeticaweb
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enlace roto
disponible en
Internet Archive
; vease el
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, la
primera version
y la
ultima
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- ↑
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. Editorial Ariadna.
Bibliografia
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Foro, Nueva epoca
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, 0812244400, 9780812244403 University of Pennsylvania Press
Enlaces externos
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- ↑
Miranda Goncalves, Ruben (2020).
≪La proteccion de la dignidad de la persona humana en el contexto de la pandemia del Covid-19≫
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Articulo
.
doi
:
10.5335/rjd.v34i2.11013
.