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Este aviso fue puesto el 11 de agosto de 2017.
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La doctrina del
derecho divino de los reyes
reposa en la idea de que la autoridad de un rey para gobernar proviene de la
voluntad de la deidad
del pueblo que gobierna, y no de ninguna
autoridad
temporal, ni siquiera de la
voluntad
de sus subditos ni de ningun
testamento
. La doctrina implica tambien que la deposicion del rey o la restriccion del poder y prerrogativas de la corona son actos contrarios a la voluntad de Dios. La doctrina no es una
teoria politica
concreta, sino mas bien una aglomeracion de ideas. Las limitaciones practicas supusieron limites muy considerables sobre el poder politico y la autoridad de los monarcas, y las prescripciones teoricas del
derecho divino
rara vez se tradujeron literalmente en un
absolutismo
total.
En la
Edad Media
, la idea de que Dios le habia otorgado poder terrenal al monarca, asi como le habia dado autoridad espiritual y poder a la
Iglesia Catolica
, especialmente al Papa, ya era un concepto bien conocido mucho antes de que los escritores posteriores acunaran el termino " derecho divino de los reyes " y lo emplearan como teoria en la ciencia politica. Por ejemplo,
Ricardo I de Inglaterra
declaro en su juicio durante la
dieta de Speyer
en 1193: "Naci en un rango que no reconoce superior a Dios, ante quien soy el unico responsable de mis acciones", y fue Ricardo quien primero uso el lema
"
Dieu et mon droit
"
("Dios y mi derecho"), que sigue siendo el lema del monarca del Reino Unido.
Con el surgimiento de los
estados-nacion
y la
Reforma protestante
a fines del siglo
XVI
, la teoria del derecho divino justifico la autoridad absoluta del rey en asuntos politicos y espirituales.
Absolutismo britanico
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En el caso britanico, estas doctrinas se asocian estrechamente con los primeros reyes de la
Casa de Estuardo
y las tesis de los teologos carolinos, quienes fundamentaban en la Biblia las concepciones de
Jacobo VI de Escocia y I de Inglaterra
,
Carlos I de Inglaterra
y
Carlos II de Inglaterra
. Sin embargo, estas ideas fueron puestas por escrito entre 1597-98, antes del ascenso de Jacobo ?ya rey de Escocia? al trono ingles. Su
Basilikon Doron
, un manual de los deberes de un rey, fue escrito como manual de educacion para su hijo de cuatro anos
Henry Frederick, Principe de Gales
, que murio joven, sin llegar a reinar. Segun ese texto, un buen rey:
- ≪
Se reconoce a si mismo como destinado para su pueblo, habiendo recibido de Dios la carga del gobierno, de la cual debe dar cuenta
≫
El representante de este concepto en Inglaterra fue
Robert Filmer
, autor del Tratado "
Patriarca
" ( 1680 ). Su argumentacion se relaciona con la historia biblica , vista aqui como la prehistoria universal de la humanidad. El poder de los reyes, segun Filmer, proviene de la uncion de Dios, porque el Creador debia darselo a Adan.el derecho a gobernar sobre toda la creacion, incluida la propia familia (y, por lo tanto, toda la humanidad). Adan fue el primer padre en ejercer una autoridad completa sobre el mundo (por otorgamiento divino) y sobre su descendencia. El poder estatal se deriva del poder paterno. Asi, el monarca cumple el papel de padre de la familia hacia su pueblo, su posicion justificada por el modelo de familia ungido por Dios. El razonamiento anterior es genetico: Filmer no afirma que el poder de los monarcas se base "directamente" en el otorgamiento divino, sino que deriva de un orden santificado por Dios. La Biblia fue tratada alli como la historia universal de la humanidad en una dimension ontologica y no alegorica. La Sagrada Escritura, leida en terminos seculares, funciono como una especie de " mito del principio": Se utilizo para legalizar (justificar) la situacion actual.
Absolutismo frances
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El derecho divino de los reyes fue defendido por
Jean Bodin
(1530 - 1596), un teorico politico frances, influenciado por el
calvinismo
. Segun el, los principes soberanos (reyes) fueron designados por Dios para gobernar a otros hombres.
Jacques Bossuet
, de influencias
galicanas
, defendio esta teoria para apoyar el
absolutismo
de Luis XIV de Francia, al revisar los precedentes del Antiguo Testamento con respecto a la eleccion de reyes, Bossuet concluyo que los reyes fueron consagrados como representantes de Dios en la Tierra. Cada uno de ellos habia recibido su trono de Dios mismo, y rebelarse contra su autoridad era como rebelarse contra Dios, de la providencia divina a traves de la primogenitura. Bossuet escribio no para justificar la autoridad de una monarquia ya autocratica, sino para protegerla de nuevos incidentes y disturbios que habian sacudido el trono frances, como la serie de "
frondas
" en las que los nobles franceses habian librado guerras civiles contra los franceses, l autoridad de Luis XIII y contra el propio Luis XIV. Las ensenanzas de Bossuet finalmente resultaron ser la causa de mucha confusion y derramamiento de sangre en Francia. La nocion de derecho divino fue finalmente aniquilada por la
Revolucion Francesa
.
Precedentes
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El pensamiento cristiano justifico la sumision a la monarquia haciendo referencia a lo siguiente:
- El
Antiguo Testamento
, en el que Dios eligio reyes para gobernar sobre
Israel
, comenzando con
Saul
, quien luego fue rechazado por Dios a favor de
David
, cuya dinastia continuo (al menos en el reino del sur) hasta el
cautiverio de Babilonia
.
- El
Nuevo Testamento
, en el que, considerado por la
Iglesia Catolica
, el primer
Papa
,
San Pedro
, ordena que todos los cristianos honren al
Emperador Romano
,
[
1
]
aunque, en ese momento, todavia era un emperador pagano.
San Pablo
estuvo de acuerdo con San Pedro en que los subditos deben ser obedientes a los poderes establecidos porque son designados por Dios, como escribio en su Epistola a los Romanos.
[
2
]
Asimismo,
Jesucristo
proclama en el Evangelio de Mateo que se debe "dar al Cesar lo que es del Cesar"; eso es, al principio, literalmente, el pago de impuestos que obliga a quienes usan la moneda imperial.
[
3
]
Jesus le dijo a
Poncio Pilato
que su autoridad como gobernador romano de
Judea
venia del cielo segun Juan 19: 10-11.
- El respaldo de los papas y la Iglesia Catolica de la linea de emperadores comenzando con los emperadores
Constantino
y
Teodosio
, mas tarde los
emperadores romanos de Oriente
, y finalmente el emperador de Occidente,
Carlomagno
y sus sucesores, los emperadores catolicos del
Sacro Imperio Romano Germanico
.
En el
cristianismo primitivo
no se desarrollaron planes explicitos para el gobierno de sociedades principalmente cristianas, puesto que se asumia que los cristianos siempre serian una minoria en un mundo pagano, y su consejo politico se limito a sugerir obedecer la ley y mantenerse alejado de los gobiernos paganos.
San Agustin
dejo aportes en su
De Civitate Dei
, dentro del contexto del
Imperio Romano
recientemente convertido que se encontraba en serias dificultades politicas y militares. Si bien la "Ciudad de los hombres" y la "Ciudad de Dios" podrian tener diferentes propositos, ambas fueron establecidas por Dios y sirvieron a su ultima voluntad. Aunque la "Ciudad del Hombre", el mundo del poder secular, puede parecer impio y gobernado por pecadores, fue colocada en la Tierra para proteger la "Ciudad de Dios". De modo que, los monarcas habian sido colocados en su trono para los propositos de Dios, y cuestionar su autoridad equivalia a cuestionar la de Dios.
El concepto de Derecho divino incorpora, aunque exagera el distinto concepto cristiano de "derechos dados al rey por Dios", que sostiene que "el derecho a gobernar es ungido por Dios", aunque esta idea se encuentra en muchas otras culturas, como las tradiciones de los
arios
y del
Antiguo Egipto
. En las
religiones antiguas
el rey suele verse como un hijo de una divinidad, lo que le convierte en un despota que no puede ser desafiado. Las concepciones que surgen del
Coran
sobre la fusion de los roles espirituales y temporales
en manos del
califa
tambien conducen a regimenes legitimados por el derecho divino en el
Islam
, si bien los
musulmanes
no consideraban al califa como un representante de
Ala
tanto como un sucesor del profeta
Mahoma
, y la historia islamica fue testigo de muchas
rebeliones
contra los califas por motivos religiosos, como la
revolucion de los qarmatianos
, los
nizaries
y los
kharijitas
, asi como sociales como la
rebelion Zanj
y politicas como la revolucion de
Abdullah bin Zubair
y
Abd al-Rahman ibn Muhammad ibn al-Ashaz
e incluso religiosas como
Husain ibn Ali
, se utilizaron textos para suprimir estas y otras revoluciones, y varias escuelas de pensamiento todavia ven la rebelion contra el gobernante como infidelidad y distancia
[
4
]
[
5
]
estipulan que no se rebela contra el gobernante
[
6
]
por la ausencia de
blasfemia
abierta de el. Resumido en la frase de
Muhammad ibn Abd al-Wahhab
"El tercer principio: La asamblea completa es escuchar y obedecer a quien nos manda, aunque sea un
esclavo
abisinio
"
[
7
]
En el cristianismo medieval, doctrinas como la de las
dos espadas
y el
agustinismo politico
, llevaron a la constitucion de los dos
poderes universales
(
pontificado
e
imperio
), lo que incorpora la posibilidad de una duplicidad en el poder, y con ella la del equilibrio entre ambos dentro de un estado. Tras la
Reforma protestante
, esta duplicidad se mantuvo como caracteristica de la tradicion catolica en la Europa del Sur, como la
Monarquia Catolica
, mientras que en los paises protestantes supuso una especie de retorno a la idea de un mero despota inexpugnable, que paso a ser de nuevo concebible.
Tomas de Aquino
consideraba la posibilidad de deposicion del rey, e incluso del
regicidio
como
tiranicidio
cuando el rey era un usurpador, y por tanto no un verdadero rey, pero prohibia, como hacia la Iglesia, que ningun rey legitimo fuera depuesto por sus subditos. El unico poder en la tierra capaz de deponer a un rey era el Papa, como
vicario de Cristo
. El razonamiento era impecable: si un subdito pudiera deponer a su superior por alguna mala ley ¿Quien seria el que pudiera juzgar que tal ley es mala? Si el subdito pudiera juzgar a su propio superior entonces cualquier autoridad superior legitima podria ser depuesta por el juicio arbitrario de un inferior y entonces toda ley estaria constantemente cuestionada.
En el
Renacimiento
, muchos autores, como
Nicolas de Cusa
y
Francisco Suarez
seguian proponiendo teorias similares. La Iglesia era la garantia ultima de que los reyes cristianos seguirian las leyes y tradiciones constitucionales de sus antepasados , y las leyes de Dios y de la justicia.
De una forma y de algun modo similar, el
concepto chino
del
Mandato del Cielo
, doctrina politica china que afirmaba que el cielo (天, Tian) otorga el mandato a un gobernante justo, el "Hijo del Cielo", requeria que el emperador cumpliera apropiadamente los rituales, consultara a sus ministros y respetara las disposiciones de sus antecesores, de forma que se le hacia extremadamente dificil contravenirlas. Por lo que, el mandato depende de la actuacion justa y capaz del gobernante. Si un gobernante era derrocado, esto se interpreto como una indicacion de que el gobernante era indigno y habia perdido el mandato.
Mientras tanto, en
Japon
, el titulo de
Hijo del Cielo
era menos condicional que su equivalente chino. No habia ningun mandato divino que castigara al emperador por no gobernar con justicia. El derecho a gobernar del emperador japones, descendiente de la diosa del sol
Amaterasu
, era absoluto.
[
8
]
Los emperadores japoneses ejercian tradicionalmente poco poder secular. En general, era deber del emperador en funciones realizar rituales y hacer apariciones publicas, mientras que el verdadero poder (antes de la
Restauracion Meiji
) estaba en manos de regentes, ministros de alto rango, un comandante en jefe de las fuerzas armadas del emperador conocido como el
sh?gun
o incluso emperadores retirados, dependiendo del periodo de tiempo.
Frente a los formidables poderes de los
barones feudales
y del
Papa
, asi como a los desafios impuestos por la
Reforma protestante
, varios pensadores europeos, de inclinacion
estatocratica
, concibieron una especie de 'tercera via' entre el
Imperio
y el
Papado
. Defendieron una teoria que afirmaba definitivamente la autoridad y legitimidad de los monarcas, colocandolos por encima de la
nobleza
y el
clero
catolico
, asi como de los
protestantes
.
[
9
]
Antes de la
Reforma
, el rey ungido era, dentro de su reino, el vicario acreditado de Dios para propositos seculares (ver la
Controversia de la investidura
); despues de la
Reforma protestante
, el (o ella si reinaba) se convirtio en esto en los estados protestantes tambien con fines religiosos.
[
10
]
La Reforma Protestante no necesariamente cambio esta doctrina donde fue adoptada. Solo destaco una de sus consecuencias: el monarca por derecho divino debia obedecer a Dios, de lo contrario perderia su legitimidad.
Las bases biblicas del derecho divino de los reyes provienen en parte de la
Epistola a los romanos
(13, 1?2), donde se dice:
Sometase toda persona a las autoridades superiores; porque no hay autoridad sino de parte de Dios, y las que hay, por Dios han sido establecidas. De modo que quien se opone a la autoridad, a lo establecido por Dios resiste; y los que resisten, acarrean condenacion para si mismos.
Dicho pasaje de las Escrituras que apoya la idea del derecho divino de los reyes fue utilizado por Martin Lutero , cuando insto a las autoridades seculares a aplastar la
rebelion campesina de 1525 en Alemania
en su obra
Contra los campesinos asaltantes y asesinos
.
Criticas
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]
El historiador catolico espanol
Juan de Mariana
planteo en su libro
De rege et regis Institutione
(1599) el argumento de que, dado que la sociedad se formo mediante un "pacto" entre todos sus miembros, "no cabe duda de que son capaces de llamar a un rey a cuenta".
[
11
]
[
12
]
Mariana desafio asi las teorias del derecho divino al afirmar que, en determinadas circunstancias (siguiendo la linea de
Santo Tomas de Aquino
), el
tiranicidio
podria estar justificado. El cardenal
Roberto Belarmino
tambien "no creia que el instituto de la monarquia tuviera ninguna sancion divina" y compartia la creencia de Mariana de que habia momentos en los que los catolicos podian destituir legalmente a un monarca.
[
12
]
Por orden del Papa, el cardenal
Roberto Belarmino
publico una refutacion, bajo el seudonimo de Mateus Torti, quien era uno de sus secretarios. El rey
Jacobo I
decide responder, retocando su disculpa y anadiendole un largo prefacio: el
Prefacio de Monitoreo
(1609). Esta vez, el libro llevaba la identificacion de su autor, el rey Jaime I. El cardenal Belarmino respondio al ano siguiente, tambien con su propio nombre, pero el Papa decidio sondear a
Francisco Suarez
, profesor de la
Universidad de Coimbra
, quien tres anos despues publica un extenso libro:
Defensio fidei catholicae adversus anglicanae sectae errores ...
, Coimbra, 1613 ("Defensa de la fe catolica contra los errores de la secta anglicana").
La refutacion de
Suarez
contenia la doctrina catolica, que se puede resumir de la siguiente manera: el poder politico de los reyes no se recibe directamente de
Dios
; es el pueblo organizado en comunidad politica el que transmite poder a los reyes. El unico poder que la
Iglesia catolica
considera procedente de Dios es el poder espiritual del
Papa
, quien, cuando recibe las llaves de
San Pedro
, no considera que las recibe de la Iglesia misma, sino de
Cristo
. La Iglesia Catolica, a traves de los
cardenales electores
, designa
solo a la persona
del sucesor de
Pedro
. En el concepto catolico, Cristo es quien le da poder espiritual, no por un nuevo acto, sino en virtud del
acto unico
en el que se los entrego a Pedro y sus sucesores a orillas del
lago Tiberiades
.
El derecho divino del monarca contradecia la doctrina de la Iglesia Catolica , incluso cuando fue defendido por principes como
Luis XIV
, o por primeros ministros como el
Marques de Pombal
, porque negaba el papel de esa Iglesia como intermediario espiritual entre el hombre comun y Dios, confiriendo este atributo al
monarca
, ademas, en la jurisprudencia catolica, el monarca siempre esta sujeto a la
ley natural
y
divina
, que se consideran superiores al
monarca
. La posibilidad de que la monarquia decayera moralmente, anulara la ley natural y degenerara en una tirania opresora del bienestar general fue respondida teologicamente con el concepto catolico de
tiranicidio
extralegal , idealmente ratificado por el
Papa
. En el
protestantismo
, el rasgo principal de los reyes es considerarse vicarios (o representantes, en ingles
deputy
) de Dios en la Tierra.
El libro de Francisco Suarez fue condenado y mandado a quemar, tanto en
Inglaterra
como en
Francia
; en Inglaterra por orden del
arzobispo de Canterbury
; en Francia, por orden del
parlamento de Paris
.
Con el tiempo, la oposicion al derecho divino de los reyes provino de varias fuentes, incluido el poeta
John Milton
en su panfleto
The Tenure of Kings and Magistrates
, y
Thomas Paine
en su panfleto
El Sentido Comun
. Probablemente las dos declaraciones mas famosas del derecho a la revolucion contra la tirania en el idioma
ingles
son el Ensayo de
John Locke
sobre el verdadero original, extension y fin del gobierno civil
y la formulacion de
Thomas Jefferson
en la
Declaracion de Independencia de los Estados Unidos
de que "todos los hombres son creados por igual".
A partir de la
Revolucion Francesa
y la diseminacion de los ideales de la
Ilustracion
, el derecho divino de los reyes fue perdiendo fuerza en todo el mundo occidental y mas alla.
Vease tambien
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]
Referencias
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]
- ↑
1 Pedro 2: 13-20
- ↑
Romanos 13: 1?7
- ↑
Mateo 22: 15?22.
- ↑
???? ??? ??? ?????? 8/202
- ↑
Explicacion del Credo Tahaawiyah, Ali bin Ali bin Muhammad bin Abi Al-Ezz Al-Dimashqi, segunda parte, p. 540
- ↑
Fath al-Bari por Ibn Hajar
- ↑
El coleccionista unico de libros y cartas a los imanes del llamado islamico: 281
- ↑
Beasley, William (1999). "La construccion de una monarquia". La experiencia japonesa: una breve historia de Japon . Prensa de la Universidad de California. pag. 29. ISBN 978-0-520-22560-2.
- ↑
Historia de Voltaire Schilling. Politica. La teoria del derecho divino de los reyes
- ↑
Phillip, Walter Alison (1911). "
Rey § Derecho Divino de los Reyes
". En Chisholm, Hugh (ed.). Encyclopædia Britannica . 15 (11ª ed.). Prensa de la Universidad de Cambridge. pag. 806.
- ↑
Baer, Robert V.
Poder y libertad: pensamiento politico y politica constitucional en Estados Unidos y Argentina
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a
b
Blumenau, Ralph.
Philosophy and Living
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Bibliografia
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editar
]
- Burgess, Glenn. "The Divine Right of Kings Reconsidered"
The English Historical Review
107
No. 425 (October 1992:837-861).
- Principios de Gobierno y Politica en la Edad Media
, de Walter Ullmann. Madrid, Revista de Occidente, 1971. Traduccion de Graciela Soriano. Deposito legal: M. 5.727 - 1971.