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Corte Constitucional de Colombia
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Corte Constitucional de Colombia

Bienvenidos! hoy es

LA CORTE CONSTITUCIONAL POSTUL? AL CANDIDATO QUE INTEGRAR? LA TERNA DE LA CUAL SE ELEGIR? EL PR?XIMO CONTRALOR GENERAL DE LA REP?BLICA

La Sala Plena de la Corte Constitucional en la sesi?n ordinaria efectuada el d?a de ayer, culmin? el proceso de selecci?n del candidato que postula a la terna de la cual el Congreso de la Rep?blica elegir? el pr?ximo Contralor General de la Rep?blica, en desarrollo del deber que le impone el inciso quinto del art?culo 267 de la Constituci?n Pol?tica. En virtud de ese proceso, la Corte nomin? como candidato a dicha terna, al doctor EDGARDO JOS? MAYA VILLAZ?N.

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Concurso de ensayos jur�dicos para funcionarios y empleados de la Rama Judicial

La Corte Constitucional de Colombia, con el objetivo de vincular a la sociedad, al Estado y a la academia en la reflexi?n y discusi?n de los principales temas de relevancia nacional, realiza el ?X ENCUENTRO DE LA JURISDICCI?N CONSTITUCIONAL? en la ciudad de Ibagu? los d?as 17,18 y 19 de septiembre de 2014. En esta oportunidad, la Corte se place en informar la realizaci?n de un nuevo certamen del concurso de ensayos jur?dicos para funcionarios y empleados de la Rama Judicial.

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Terna Contralor General de la Rep?blica - 2014

Concluido el plazo se?alado en la nueva convocatoria, la Secretar?a General de la Corte Constitucional informa que se inscribieron como aspirantes a ser postulados como candidato (a) a la terna de la cual el Congreso de la Rep?blica elegir? al pr?ximo Contralor General de la Rep?blica, las siguientes personas

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Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004 profiere Auto 173 de 2014, velando por la adopci?n de las medidas ordenadas para proteger a personas desplazadas con discapacidad

La Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025 de 2004, conformada por los magistrados Nilson Pinilla Pinilla, Luis Guillermo Guerrero P?rez y presidida por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, informa acerca de la promulgaci?n del auto 173 del 6 de junio de 2014 . Por medio de este auto se hace un diagn?stico actualizado de los impactos desproporcionados que ha tenido el desplazamiento forzado sobre las personas con discapacidad. Realizando un seguimiento al cumplimiento de las medidas ordenadas en el auto 006 de 2009, se adoptan decisiones espec?ficas para impulsar su cumplimiento. Se hace especial ?nfasis en la necesidad de cualificar los sistemas de informaci?n para superar el subregistro, en la realizaci?n de ajustes a la ruta de atenci?n, asistencia y reparaci?n a estas v?ctimas y en la transversalizaci?n efectiva de este enfoque diferencial en toda la pol?tica p?blica sobre desplazamiento forzado para garantizar el goce efectivo de los derechos de esta poblaci?n.

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NUEVA CONVOCATORIA CANDIDATO (A) TERNA CONTRALOR GENERAL DE LA REP?BLICA

En cumplimiento de lo establecido por el par?grafo del art?culo 77 del Reglamento de esta Corporaci?n, la Sala Plena de la Corte Constitucional procede a realizar una nueva convocatoria para quienes aspiren a ser nominados como candidato (a) a la terna de la cual ser? elegido por el Congreso de la Rep?blica como Contralor General de Rep?blica.

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AUDIENCIA P?BLICA SOBRE EL MARCO JUR?DICO PARA LA PAZ (PARTICIPACI?N EN POL?TICA)

La Sala Plena de la Corte Constitucional convoc? para el pr?ximo veintisiete (27) de mayo, a una audiencia p?blica sobre participaci?n en pol?tica dentro del Marco Jur?dico para la Paz, la cual se llevar? a cabo en las instalaciones del Palacio de Justicia, Sala de Audiencias del Consejo de Estado.

Ver Auto Expediente D9819 Auto Expediente D9819 - Agenda

LA CORTE CONSTITUCIONAL SUSCRIBE CONVENIO MARCO DE COOPERACI?N INTERINSTITUCIONAL CON LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

Corte Constitucional El doctor Luis Ernesto Vargas Silva, Presidente de la Corte Constitucional de Colombia, y el doctor Patricio Pazmi?o Freire, Presidente de la Corte Constitucional del Ecuador, suscribieron el Convenio Marco de Cooperaci?n Interinstitucional entre ambas corporaciones judiciales. Dicho instrumento tiene por objeto el intercambio peri?dico de informaci?n relativa a las decisiones que puedan ser de inter?s espec?fico, con el fin de cumplir con mayor eficiencia las funciones atribuidas.
De esta manera se espera continuar en el proceso de fortalecimiento regional de la justicia constitucional.

Mayo 21 de 2014


ELECCI?N CANDIDATO TERNA - CONTRALOR GENERAL DE LA REP?BLICA

Se informa a los aspirantes a ser nominados por la Corte Constitucional como candidato a la terna de la cual ser? elegido por el Congreso de la Rep?blica como Contralor General de la Rep?blica, de conformidad con el inciso quinto del art?culo 267 de la Constituci?n Pol?tica, que deber?n inscribirse en la Secretar?a General de esta Corporaci?n dentro del plazo que va del doce (12) al veintitr?s (23) de mayo de dos mil catorce (2014).

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CONCURSO DE ENSAYOS JUR�DICOS PARA ESTUDIANTES DE �LTIMO A�O DE DERECHO

La Corte Constitucional de Colombia, con el objetivo de vincular a la sociedad, al Estado y a la academia en la reflexi?n y discusi?n de los principales temas de relevancia nacional, realiza el ?X ENCUENTRO DE LA JURISDICCI?N CONSTITUCIONAL? en la ciudad de Ibagu? los d?as 17,18 y 19 de septiembre de 2014. En esta oportunidad, la Corte se place en informar la realizaci?n de un nuevo certamen del concurso de ensayos jur?dicos para estudiantes de ?ltimo a?o de la carrera de derecho de las diferentes instituciones de educaci?n superior del pa?s.

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Mediante el que se solicita informaci?n adicional en los reportes peri?dicos de Colpensiones y se imparten instrucciones para el efectivo cumplimiento de las ?rdenes dictadas en el Auto 320 de 2013.

La Corte Constitucional (i) profundiz? la solicitud de informaci?n peri?dica a Colpensiones; (ii) imparti? directrices para mejorar la calidad de las resoluciones prestacionales y la completitud de las historias laborales; (iii) orden? el recaudo oficioso de pruebas cuando Colpensiones no cuente con los elementos de juicio necesarios para decidir de fondo; (iv) imparti? instrucciones para materializar el tr?mite preferencial de las peticiones de personas que soportan enfermedades catastr?ficas; (v) orden? aplicar la excepci?n de inconstitucionalidad en relaci?n con la Circular 069 de 2008 del Ministerio de Hacienda y Cr?dito P?blico y el Ministerio de la Protecci?n Social y; (vi) solicit? colaboraci?n a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura en la difusi?n ante los jueces de la Rep?blica de los Autos 202 y 320 de 2013.

Ver Auto 130 de 2014

Medidas ante presuntas irregularidades en Saludcoop EPS

La Corte orden? al Ministro y al Superintendente de Salud presentar un informe a la opini?n p?blica sobre la real situaci?n de Saludcoop EPS, debido a las presuntas irregularidades en su operaci?n denunciadas ante la Corte.
El reporte deber? precisar todas las dificultades y resultados concretos que se han obtenido con las medidas de regulaci?n, inspecci?n, vigilancia y control para garantizar los derechos de sus usuarios, a 30 de marzo de 2014. .
Adem?s, se orden? a la Contralor?a General que verificara el pago integral de la UPC a esa EPS, ya que presuntamente los medicamentos no se est?n entregando de manera oportuna y completa a los pacientes. .

Ver Auto 089 de 2014

Informe sobre acceso oportuno a servicios de salud

La Corte solicit? reportes detallados sobre la garant?a en el acceso a los servicios de salud, por parte del Ministerio de Salud, la Superintendencia de Salud, la Defensor?a del Pueblo, la Secretar?a Distrital de Salud, la Personer?a Distrital de Bogot?, el Instituto Departamental de Salud de Nari?o, as? como a los personeros de Tumaco, el Charco, Santa B?rbara de Iscuande, Policarpa y Pasto (Nari?o). .
As? mismo, se invit? a algunos miembros de la sociedad civil para que presenten informaci?n sobre la materia.

Ver Auto 100 de 2014

Requerimiento de informaci?n sobre las acciones adoptadas para contrarrestar a la corrupci?n en las finanzas de la salud.

Ante la ausencia de informes por parte de algunas autoridades supervisadas en el tr?mite de seguimiento, la Sala requiri? a la Fiscal?a General, la Superintendencia de Salud y la Procuradur?a General para que emitan un reporte oficial dirigido a la opini?n p?blica, que contenga los avances y resultados obtenidos en la investigaci?n de las graves pr?cticas de corrupci?n al interior del sistema, puestas de presente en el Auto 263 de 2012. .
Lo anterior, con fundamento en la importancia de la transparencia y del adecuado acceso a la informaci?n por parte de la comunidad, de manera que se estimule el control social sobre los dineros de la salud. .

Ver Auto 104 de 2014

Por medio del que se hace seguimiento a las ?rdenes impartidas en los Autos 110, 202 y 320 de 2013 frente al Instituto de Seguros Sociales en Liquidaci?n.

El Tribunal Constitucional (i) declar? el cumplimiento, incumplimiento parcial e incumplimiento total de las obligaciones impuestas al ISSL; (ii) imparti? instrucciones para corregir los incumplimientos parciales y totales de algunas ?rdenes desobedecidas por el ISSL; (iii) suspendi? hasta el 15 de julio de 2014 las sanciones por desacato frente a las ?rdenes de traslado de expedientes del ISSL relacionadas con peticiones de reliquidaci?n, incremento o reajuste pensional; (iv) orden? a la Superintendencia Financiera de Colombia y al Archivo General de la Naci?n efectuar seguimiento constante al tr?mite de traslado de expedientes del ISSL a Colpensiones, y en particular, al acatamiento de los protocolos y acuerdos de remisi?n y recibo de expedientes e; (v) impuso a la Superintendencia Financiera de Colombia la obligaci?n de presentar informes peri?dicos a la Corte Constitucional.

Ver Auto 090 de 2014

LA SALA ESPECIAL DE SEGUIMIENTO A LA SENTENCIA T-025 DE 2004 REQUIERE AL GOBIERNO NACIONAL Y SOLICITA INFORMACI?N A LA FISCAL?A GENERAL DE LA NACI?N, LOS ENTES DE CONTROL Y A LAS ORGANIZACIONES DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS ACERCA DEL CUMPLIMIENTO DE LAS ?RDENES EMITIDAS EN SENTENCIA SU-254 DE 2013

El presidente de la Sala Especial de Seguimiento a la sentencia T-025 de 2004, doctor Luis Ernesto Vargas Silva, emiti? el auto 105 del 23 de abril de 2014, en el marco del cumplimiento de la sentencia SU-254 de 2013, que adelanta dicha Sala, requiriendo al Gobierno Nacional, para que, de conformidad con los par?metros se?alados en la mencionada sentencia de unificaci?n y con el apoyo de las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Atenci?n y Reparaci?n Integral a las V?ctimas, complemente el informe general presentado el 25 de marzo de los cursantes, en torno al cumplimiento de las ?rdenes all? impartidas respecto de la efectividad de los efectos inter comunis , y la implementaci?n de la Ley 1448 de 2011, en relaci?n con la reparaci?n integral a la poblaci?n v?ctima de desplazamiento forzado.

En la misma medida, se solicit? a la Fiscal?a General de la Naci?n, a los entes de control y a las organizaciones defensoras de Derechos Humanos remitir informes peri?dicos acerca del seguimiento al cumplimiento de las ?rdenes impartidas en la sentencia SU-254 de 2013 y la implementaci?n de la Ley 1448 de 2011, en los t?rminos del referido fallo.

Ver: Auto 105 de 2014

Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 de la Corte Constitucional adopta medidas especiales y urgentes para la protecci?n de las comunidades afrodescendientes del Pac?fico nari?ense, v?ctimas y en riesgo de desplazamiento forzado.

La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004, conformada por los magistrados Nilson Pinilla Pinilla, Luis Guillermo Guerrero P?rez y presidida por el magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, informa acerca de la promulgaci?n del auto 073 del 27 de marzo de 2014. Por medio de este auto se hace un diagn?stico de los impactos desproporcionados que ha tenido el desplazamiento sobre las comunidades afrocolombianas del pac?fico nari?ense y la situaci?n de riesgo agravado que enfrentan actualmente estos pueblos frente a nuevos hechos victimizantes. Realizando un seguimiento al cumplimiento de las medidas ordenadas en el auto 005 de 2009 para la prevenci?n, protecci?n y atenci?n de las comunidades afrocolombianas v?ctimas de desplazamiento forzado por la violencia, se adoptan decisiones espec?ficas para impulsar su cumplimiento en este departamento. Y, atendiendo a distintos factores que afectan e inciden en el riesgo de desplazamiento de las comunidades afrocolombianas de Nari?o, como proyectos de extracci?n minera y de monocultivos de palma aceitera, aspersiones a?reas con glifosato, contaminaciones por derrames de crudo, entre otros, se adoptan medidas concretas para garantizar los derechos colectivos de estos pueblos, a trav?s del fortalecimiento de las figuras de la consulta previa, el consentimiento previo libre e informado y el principio de precauci?n.


CORTE LLAMA LA ATENCI?N DE TODOS LOS JUECES DE LA REP?BLICA, PARA QUE VALOREN LA CALIDAD DEL SUJETO INCRIMINADO

La Sala Octava de Revisi?n de la Corte Constitucional, al concluir que la diversidad cultural de los ind?genas privados de la libertad debe protegerse independientemente de que se apliquen en el caso concreto los elementos del fuero ind?gena, llam? la atenci?n de todos los jueces de la Rep?blica, en especial los jueces penales y constitucionales, para que valoren la calidad del sujeto incriminado y, en caso de confirmar el elemento personal del fuero ind?gena, establezcan como deber inmediato un di?logo intercultural con las autoridades de la comunidad ind?gena afectada con el fin de que mediando la colaboraci?n arm?nica entre jurisdicciones ?ordinaria y especial ind?gena- se eviten futuras vulneraciones a los derechos fundamentales, en especial al debido proceso que implica ser investigado y juzgado por un juez natural.

Ver: T-866/13

CORTE CONSTITUCIONAL CONVOCA A AUDIENCIA P?BLICA EN LEY ESTATUTARIA DE LA SALUD

La Sala Plena de la Corte Constitucional convoc? para el pr?ximo 10 de abril a una audiencia p?blica sobre la Ley Estatutaria de la Salud, la cual se llevar? a cabo en la Sala de Audiencias del Consejo de Estado.

Ver: Auto 070/14

EXHORTACI?N A JUECES POR DESCONOCIMIENTO DE PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL EN MATERIA DE R?GIMEN DE TRANSICI?N PENSIONAL

La Corte Constitucional exhort? por conducto de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura , a todos los jueces de la Rep?blica para que en lo sucesivo, den estricto cumplimiento a los lineamientos fijados por esta corporaci?n, en materia del r?gimen de transici?n, que se encuentran contenidos en las sentencias C-789/02 , C-1024/04 , SU.062/10 , SU.130/13 y C-258/13 .

Ver: T-892/13

CORTE INVITA A CONFORMAR COMISI?N ESPECIAL DE ACOMPA?AMIENTO Y VEEDURIA.

La Sala Novena de Revisi?n de la Corte Constitucional invit? a la Comisi?n de Seguimiento a la Pol?tica P?blica sobre Desplazamiento Forzado; as? como a la comunidad internacional, en particular a la Comisi?n Interamericana de Derechos Humanos, al Comit? Internacional de la Cruz Roja- CICR, al Consejo Noruego para Refugiados-CNR, a la Oficina del Alto Comisionados de Naciones Unidas para los Refugiados-ACNUR y otras agencias del Sistema de Naciones Unidas, a la Uni?n Europea y a las embajadas de pa?ses amigos, que han hecho seguimiento a la situaci?n de la poblaci?n desplazada por el conflicto armado interno; para que en el marco de sus mandatos conformen una comisi?n especial de acompa?amiento y de veedur?a a (i) las ?rdenes impartidas por la Corte Constitucional en la presente providencia, en armon?a con la Sentencia T-025 de 2004, la sentencia T-702 de 2012, el Auto 099 de 2013, y la jurisprudencia constitucional en esta materia; (ii) as? como al cumplimiento de las garant?as de atenci?n humanitaria a las v?ctimas de desplazamiento forzado en el pa?s de conformidad con la Constituci?n, la Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios.

Ver: T-831A/13

CONMEMORACI?N D?A INTERNACIONAL DE LA MUJER

Corte Constitucional Con ocasi?n de la Conmemoraci?n del D?a Internacional de la Mujer, la Presidencia de la Corte Constitucional, invit? a sus funcionarios y funcionarias a una Jornada Acad?mica sobre: ?Derechos de las mujeres y administraci?n de justicia?.
Dicha jornada cont? con la participaci?n de las doctoras Nancy Prada y Camila Medina, delegadas del grupo de g?nero del Centro Nacional de Memoria Hist?rica, as? como de la doctora Julissa Mantilla, asesora internacional de la ONU mujeres, quienes hicieron especial ?nfasis, en la problem?tica que deben afrontar las mujeres v?ctimas del conflicto armado, cuando acuden ante la administraci?n de justicia.
La intervenci?n por parte de este Tribunal estuvo a cargo del se?or Presidente, magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, de la magistrada Mar?a Victoria Calle Correa, Ex Presidenta de la Comisi?n de Genero de la Rama Judicial, y del magistrado Alberto Rojas R?os.


IMPOSICI?N DE LA MEDALLA ?C?TEDRA DE LA PAZ? AL PRESIDENTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Corte Constitucional En el Sal?n de la Constituci?n del H. Congreso de la Rep?blica, la Directora de la Red Internacional de Universidades para la Paz, Profesora Claudia E. Salcedo, impuso la Medalla ?C?tedra de la Paz? , al se?or Presidente de esta Corporaci?n magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, el pasado 28 de febrero.




Corte ampar? derechos fundamentales a la igualdad y al acceso a la administraci?n de justicia al determinar que los jueces ordinarios de instancia contrariaron precedente del Consejo de Estado.

La Corte dej? sin efectos la decisi?n proferida el catorce (14) de diciembre de 2011 del Tribunal Administrativo de Boyac? ?Sala de Descongesti?n?, que confirm? la sentencia del veintisiete (27) de mayo de 2010 del Juzgado Primero (1?) Administrativo del Circuito de Tunja mediante la cual se declar? inhibido para pronunciarse de fondo sobre las pretensiones de la demanda promovida en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho por la se?ora Nancy Mayerly Ramos Ortiz contra la Corporaci?n Aut?noma Regional de Cundinamarca, al encontrar acreditado que las decisiones de los jueces ordinarios de instancia contrariaron el precedente sentado por el Consejo de Estado al evadir el estudio de fondo respecto a la legalidad del acto demandado por la demandante, y al declararse en consecuencia inhibidos para fallar el asunto, raz?n por la cual se dejar? sin efecto la decisi?n de segunda instancia del Tribunal Administrativo de Boyac?, para que en su lugar subsane los yerros evidenciados en esta providencia.

Ver: T-446/13

Acci?n de tutela procede en casos, en los que la adopci?n de medidas cautelares vulnere los derechos fundamentales del deudor.

La Sala Tercera de Revisi?n, advirti? a la Direcci?n de Impuestos y Aduanas Nacionales ?DIAN- que ante las reclamaciones por embargos decretados sobre la totalidad de honorarios que percibe una persona deber? examinar si los mismos son su ?nica fuente de ingreso, caso en el cual deber? adoptar las medidas pertinentes para no afectar los derechos fundamentales del afectado, en especial su m?nimo vital, entendido no como una cifra determinada de dinero, sino en relaci?n con su est?ndar de vida.

Ver: T-788/13

Corte ordena el reintegro de (Sor Mar?a Elena L?pez Yepes) al Monasterio de Santa Clara de Copacabana.

La Sala Primera de Revisi?n tutel? los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, al m?nimo vital y al debido proceso de Alicia L?pez Yepes. En consecuencia, confirm? la orden de reintegrarla al Monasterio Santa Clara de Copacabana, Antioquia, donde realizar? las actividades propias del Monasterio, garantizando en todo caso a la accionante la asistencia y cuidado necesario para llevar una vida digna atendiendo a su condici?n de adulto mayor. Asimismo, previno a la Abadesa y dem?s integrantes de la comunidad religiosa, para que se abstengan de realizar actos de discriminaci?n que atenten en contra de la integridad f?sica, ps?quica y moral de la accionante.

Ver: T-658/13

Corte tutela derechos fundamentales al debido proceso y a la seguridad social en su faceta de garantía a los ingresos pensionales de la señora Beatriz Elena Peinado Castro.

Tomando en consideración que el criterio de sostenibilidad financiera puede tener diferentes lecturas dependiendo de la concepción de política económica y economía política que se asuma, en el escenario del derecho a la seguridad social el artículo 48 superior hace recaer expresamente sobre el legislador la aplicación del mencionado criterio en tanto órgano de decisión política encargado de ordenar el gasto y configurar el funcionamiento del sistema de seguridad social. Para esta Sala de la Corte, el criterio de sostenibilidad no es aplicable por las autoridades judiciales en el análisis de  juicios concretos (casos contenciosos concretos), pues las consecuencias sobre la sostenibilidad del sistema derivadas del costo de las distintas prestaciones han sido advertidas y calculadas previamente por el ejecutivo y el legislador en tanto competentes para planear y ordenar el gasto público, y quienes cuentan con los estudios sobre los ingresos y egresos del Estado, y las estadísticas y panorámica de asignación financiera del conjunto de obligaciones económicas del Estado a través del Plan Nacional de Desarrollo, la configuración del Presupuesto General dela Nación y los demás instrumentos pertinentes.

Ver: T-832A/13

La Corte amparó el d erecho fundamental a la educación de los estudiantes de la Institución Educativa Santa Ana.

La Sala Novena de Revisión determinó que la Secretaría de Educación Departamental del Huila desatendió las obligaciones que la comprometen con la garantía de la adaptabilidad y la aceptabilidad de la educación que se imparte en su territorio, al  incumplir los deberes que le incumbían frente a la satisfacción del derecho a la educación de los estudiantes de la IESA.

Así mismo, determinó los parámetros a los que se circunscribe el cumplimiento del requisito de aceptabilidad educativa, en su faceta de calidad, en el marco de lo establecido al respecto en las normas supranacionales, constitucionales, las leyes y los reglamentos.

Ver: T-743/13

NORMAS CONVENCIONALES QUE GENEREN DISCRIMINACI?N DESCONOCEN DERECHOS FUNDAMENTALES

Para la Corte, la interpretaci?n de normas convencionales por parte de ECOPETROL S.A. que generen discriminaci?n y condiciones de desigualdad entre los miembros del n?cleo familiar y entre los hijos que hacen parte de ?ste desconocen los derechos fundamentales de ?stos. Por otra parte, imponer la adopci?n de la ni?a para ser considerada como hija del accionante, como lo sugiere la empresa, es coaccionar a la menor a renunciar a la filiaci?n con la familia de su padre biol?gico ya fallecido, como condici?n para reconocer el v?nculo afectivo y emocional que se ha formado de manera natural entre el accionante y Daniec, durante los a?os de convivencia.
Las consideraciones precedentes sobre el deber de otorgar el mismo tratamiento a la hija nacida dentro de la uni?n marital de hecho y la habida por fuera de ella y que como hijastra e hija de crianza se integra al n?cleo familiar, imponen a la empresa accionada la obligaci?n de inscribirla como integrante de la familia del trabajador para efectos de la Convenci?n Colectiva de Trabajo 2009-2014.
Ver: T-606/13

CORTE TUTELA DERECHOS A LA INTIMIDAD, DIGNIDAD HUMANA Y SEXUALIDAD DE LOS INTERNOS DE LA PICOTA

La Corte orden? al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Justicia y del Derecho, al Departamento Nacional de Planeaci?n y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario ? INPEC que en la siguiente vigencia presupuestal desde la notificaci?n de la presente providencia se realicen las gestiones administrativas y apropiaciones presupuestales necesarias para iniciar las obras de infraestructura requeridas con el fin de que las visitas conyugales o ?ntimas se practiquen en condiciones dignas en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogot? ?COMEB PICOTA-.
Asimismo, orden? a la EPS CAPRECOM para que la prestaci?n de los servicios m?dicos, en el Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogot? ?La Picota-, se brinde por personal m?dico proporcional y suficiente de acuerdo al n?mero total de poblaci?n reclusa y que nuevamente se suministren dos (2) preservativos por interno los d?as en que tenga lugar la visita ?ntima.
Ver: T-815/13

ENFERMEDADES ORIGINADAS DURANTE LA PRESTACI?N DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO SON RESPONSABILIDAD DE LAS FUERZAS MILITARES

Es entonces la omisi?n de realizar un examen m?dico detallado y minucioso al momento del retiro del actor- Decreto 1796 de 2000-, la que configura la vulneraci?n de los derechos fundamentales y, por consiguiente, la que impidi? que se le restableciera totalmente su salud, imperativo que, reiteramos, es responsabilidad de las Fuerzas Militares al momento del retiro de quienes se encuentran prestando el servicio militar cuando al ingresar a la vida castrense se encontraban en perfectas condiciones pero resulta que a su retiro, ?stos sufre grave detrimento debido a las enfermedades originadas durante la prestaci?n del servicio obligatorio, las cuales, como en el presente caso, a?n persisten e incluso podr?an agravarse por lo que, de no ser atendido de manera oportuna, su salud y dem?s derechos fundamentales correr?an mayores riesgos.
Ver: T-737/13

DESCONOCIMIENTO DE LAS REGLAS PREVISTAS PARA LA RECEPCI?N DE TESTIMONIOS DE MENORES DE EDAD CONFIGURA DEFECTO PROCEDIMENTAL

Corte llama la atenci?n sobre la conducta de la Fiscal?a Primera Seccional Caivas durante la diligencia de recepci?n de la declaraci?n de la menor BB, recibida el 12 de agosto de 2011 bajo la gravedad del juramento y directamente por la Fiscal accionada, quien ignor? las reglas para la recepci?n de testimonios de menores de edad previstas en el art?culo 150 de la Ley 1098 de 2006 y conforme a las cuales el interrogatorio debe ser formulado por el defensor de familia, lo cual configura un defecto procedimental en el recaudo de la prueba que conllev? igualmente a un defecto f?ctico, en cuanto el funcionario judicial valor? una prueba recaudada con manifiesto desconocimiento de las reglas previstas para la recepci?n de los testimonios de menores de edad.
Ver: T-923/13

CORTE ORDENA ELIMINAR PROBLEMA DE SOBRECUPO EN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO

La Corte orden? al Ministerio de Hacienda, al Ministerio de Justicia y del Derecho, al Departamento Nacional de Planeaci?n y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario ? INPEC- que en la siguiente vigencia presupuestal realicen las gestiones administrativas y presupuestales necesarias con el fin de iniciar las obras de infraestructura requeridas para eliminar el problema de sobre cupo carcelario que presenta el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Jeric?, Antioquia.
Ver: T-861/13

RENUNCIA A BENEFICIOS CONVENCIONALES EN CONTRATOS LABORALES SON INEFICACES

La Sala Quinta de Revisi?n de la Corte Constitucional orden? al representante legal de ELECTRICARIBE S.A. E.S.P., modificar todos los contratos vigentes, informando por escrito a todos y cada uno de los trabajadores que ese tipo de cl?usulas, en las que se renuncia a los beneficios convencionales, son ineficaces y por tanto, no hay posibilidad de negociaci?n sobre las mismas de acuerdo con lo consignado en el ordenamiento interno y los instrumentos internacionales.
La inclusi?n de la cl?usula contractual de renuncia a los beneficios sindicales propicia la afectaci?n del derecho fundamental a la libertad de asociaci?n sindical en la medida en que se cercena este derecho desde la vinculaci?n misma de los trabajadores.
Ver: T-619/13

DELIMITACI?N DEL DERECHO DE ACCEDER A LOS DOCUMENTOS P?BLICOS, EN EL MARCO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO

Revisi?n constitucional del proyecto de ley estatutaria, por la cual se crea la ley de transparencia y del derecho de acceso a la informaci?n publica nacional y se dictan otras disposiciones (proyecto de ley numero 156/11 senado, 228/12 C?mara)
Ver: C-274/13

FUERO PENAL MILITAR. CREACI?N DEL TRIBUNAL DE GARANT?AS PENALES

La Corte reafirm? la trascendencia de los procedimientos de reforma constitucional, que implican un examen riguroso y estricto de su tr?mite. Constat? que uno de los cargos conduc?a a la inexequibilidad del acto legislativo por vicio insubsanable en el procedimiento de formaci?n de la voluntad democr?tica, por la violaci?n de los art?culos 83 y 93 del Reglamento del Congreso, en concordancia con el art?culo 375 de la Constituci?n. Verific? la simultaneidad de sesiones de la Comisi?n Primera de la C?mara de Representantes (quinto debate) y la Plenaria de la misma corporaci?n en uno de los debates del proyecto, desatendi?ndose la prohibici?n de simultaneidad y evidenci?ndose una discusi?n bajo condiciones de anomal?a y urgencia, que no resulta compatible con los principios de pluralismo, transparencia y respeto de las minor?as en los debates de enmienda constitucional.
Ver: C-740/13

ELECCI?N DIGNATARIOS CORTE CONSTITUCIONAL

Corte Constitucional La Sala Plena de la Corte Constitucional en sesi?n del 5 de febrero, eligi? como Presidente para el periodo comprendido entre el 10 de febrero de 2014 y el 9 de febrero de 2015, al Magistrado Luis Ernesto Vargas Silva. Como Vicepresidente fue designado el Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.



Febrero 05 de 2014

CORTE FORTALECE JURISDICCI?N PENAL IND?GENA

La Corte Constitucional fortalece la jurisdicci?n penal ind?gena reconociendo su competencia para juzgar hechos cometidos por sus miembros dentro de su territorio y permitiendo que los ind?genas privados de la libertad puedan cumplir su pena o medida de aseguramiento al interior de sus comunidades, para aliviar la grave situaci?n de hacinamiento y p?rdida de su cultura que sufren en Colombia.
Ver: Comunicado de prensa y Sentencia T-921/13

Febrero 06 de 2014

Informe de gesti?n del Presidente de la Corte Constitucional

Corte Constitucional El doctor Jorge Iv?n Palacio Palacio, present? ante la Sala Plena de la Corte Constitucional su informe de gesti?n como Presidente. En ?l se destacan las diferentes actividades desarrolladas durante el a?o 2013, entre ellas, el Conversatorio de la Jurisdicci?n Constitucional ?Dialogo Constitucional para la Paz? que se realiz? en Medell?n, la conmemoraci?n del D?a Nacional del Derecho a la Vida que tuvo lugar en el municipio de Tumaco y las labores de las diferentes dependencias administrativas de la corporaci?n.
Ver informe de gesti?n

Febrero 05 de 2014

CORTE CELEBRA AUDIENCIA P?BLICA EN CENTRO PROVIDENCIA

Corte Constitucional

En el tr?mite de la acci?n de tutela presentada por Benigno Perilla Restrepo y la comunidades ind?genas ubicadas en el costado norte del Resguardo Yaigoj? Apaporis contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia, el Ministerio del Interior -Grupo de Consulta Previa- y la Asociaci?n de Capitanes Ind?genas del Resguardo Yaigoj? -ACIYA- , la Sala Cuarta de Revisi?n estim? necesario, previamente a la decisi?n de fondo, realizar una audiencia p?blica, el 31 de enero del a?o en curso, en la Comunidad Ind?gena de Centro Providencia con la intervenci?n de las partes del proceso y la participaci?n de la Procuradur?a General de la Naci?n y de la Defensor?a del Pueblo.

Febrero 04 de 2014

Auto 320 de 2013 Asunto Colpensiones _ Suspensi?n parcial de sanciones por desacato a ?rdenes de tutela

Por medio del cual se hace seguimiento a las medidas de protecci?n constitucional adoptadas en el Auto 110 de 2013, y se imparten otras ?rdenes de salvaguarda constitucional.
Ver Auto 320/13

Enero 30 de 2014