Lengua propia
es un termino juridico que alude, en distintos
Estatutos de autonomia
de
comunidades autonomas
de
Espana
, a lenguas que han sido declaradas
oficiales
de dicha comunidad autonoma junto con el
espanol
, de acuerdo con lo establecido en el articulo tercero de la
Constitucion espanola
. El mismo termino se utiliza tambien en la Ley de Ordenacion del Uso de la Lengua Oficial del
Principado de Andorra
con relacion al catalan, unica lengua oficial del Estado andorrano.
Historicamente, la afirmacion juridica de que la lengua autoctona tiene caracter de lengua propia es un concepto que arranca del
Estatuto de Regimen Interior de Cataluna
de 25 de mayo de 1933,
[
1
]
y fue posteriormente retomado, a partir de la
Transicion espanola
, con la creacion del llamado
Estado de las Autonomias
. En 1996, el
Gobierno de Espana
, el
Congreso de los Diputados
y el
Senado
, unanimemente, se adhirieron a la propuesta de Declaracion Universal de los Derechos Linguisticos,
[
2
]
un texto de caracter institucional que establece que ≪la denominacion lengua propia de un territorio hace referencia al idioma de la comunidad historicamente establecida en este espacio≫.
El
Diccionario
de la
Real Academia Espanola
, en su voz ≪lengua muerta≫, hace una referencia, desde 1803, a la que ≪no se habla ya como
lengua propia
y natural de un pais o nacion≫, pese a que no existe una entrada especifica para definir el sintagma.
El concepto de lengua propia se formulo en un texto juridico por vez primera en el articulo tercero del
Estatuto de Regimen Interior de Cataluna
, aprobado por el
Parlamento de Cataluna
el 25 de mayo de 1933, que en su articulo tercero establecia: ≪La lengua propia de Cataluna es la catalana≫. Fue utilizado posteriormente en el
Estatuto de autonomia de Cataluna de 1979
, donde se enuncia que la lengua propia de Cataluna es el catalan.
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3
]
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4
]
El preambulo de la Ley de Normalizacion Linguistica catalana de 1983 repite esta misma afirmacion anadiendo genericamente que la lengua propia ≪es una herramienta natural de comunicacion, expresion y simbolo de una unidad cultural con profundas raices historicas≫. El termino, sin embargo, no aparece en la
Constitucion de 1978
, que define al
castellano
como ≪lengua espanola oficial del Estado≫ y dispone simplemente que ≪las demas lenguas espanolas≫ sean ≪tambien oficiales en las respectivas Comunidades Autonomas≫, sin alusion alguna a lenguas propias distintas de las oficiales.
Los estatutos citados consagran la existencia de varias lenguas oficiales, de las cuales la calificada como ≪propia≫ suele ser aquella lengua de Espana distinta del castellano; las excepciones son los regimenes juridicos del
aranes
en el
Aran
y del
castellano
en Navarra. El
Estatuto de Autonomia de Cataluna
califica como propia del
Valle de Aran
la lengua occitana denominada
aranes,
no el castellano ni el catalan; mientras que la
Ley Foral del Euskera
califica como lenguas propias tanto al
castellano
como al
euskera
.
La
Constitucion Espanola
en su articulo 3 establece que el castellano en la unica lengua oficial de todo el pais declarando que ≪Todos los espanoles tienen el deber de conocer y el derecho a usar≫, pero se abstiene de designar ni al castellano ni al resto de lenguas espanolas como lengua propia, concepto este que solo seria introducido en la legislacion autonomica.
Unido al de
normalizacion linguistica
, este nuevo concepto fue basico para legitimar el diseno de politicas de recuperacion de la lengua propia en el sentido juridico del termino, que, segun los territorios y la coyuntura politica, ha oscilado desde la
discriminacion positiva
o la llamada
inmersion linguistica
[
5
]
hasta lo que algunos
[
6
]
califican como promocion de monolinguismo institucional.
[
7
]
Tipo de categorizacion juridica en el derecho linguistico comparado
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]
En la categorizacion juridica de las lenguas en los Estados europeos,
lengua propia
tiene un valor similar al concepto de
lengua principal
que, en las leyes que regulan las autonomias de las Islas Feroe y Groenlandia, pertenecientes a Dinamarca, hace referencia a las lenguas originarias de ambos territorios.
Presencia legislativa
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]
El termino aparece en la practica totalidad de los Estatutos de autonomia de las comunidades autonomas espanolas con mas de un idioma oficial, asi como en la Ley de Ordenacion del Uso de la Lengua Oficial del
Principado de Andorra
.
La
Ley de Lenguas de Aragon
de 2009
[
8
]
define que los idiomas
aragones
y
catalan
son "lenguas propias originales e historicas" de la
Comunidad Autonoma
de
Aragon
. Aunque esta ley no declara explicitamente la oficialidad de estos idiomas, tal y como preveia que lo haria la ley de lenguas, segun disponia la
Ley de Patrimonio Cultural Aragones
de 1999.
[
9
]
Para uno de los partidos politicos (
CHA
) que con su voto a favor permitio la aprobacion de esta ley en el
parlamento aragones
la misma "establece de facto un regimen de cooficialidad" en las zonas de utilizacion historica predominante
[
10
]
y un primer paso para una futura cooficialidad.
Cataluna
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]
En el
Estatuto de autonomia de Cataluna de 1979
, el
catalan
(denominado
valenciano
en la Comunidad Valenciana) es definido como lengua propia de
Cataluna
(art. 3.1). En el
Estatuto de autonomia de Cataluna de 2006
se mantiene tal denominacion (art. 6.1), incluyendose algunas de las consecuencias juridicas ya derivadas de este estatus desde el restablecimiento de la
Generalidad de Cataluna
, con la Ley de Normalizacion Linguistica de 1983 y la Ley de Politica Linguistica de 1998, como son que el catalan sea el idioma de uso normal y preferente de las Administraciones publicas y de los medios de comunicacion publicos de Cataluna, siendo tambien la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la ensenanza. En el se define tambien al
occitano
como lengua propia del
Valle de Aran
y oficial en todo el territorio de Cataluna(art. 6.5).
Comunidad Valenciana
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]
El
Estatuto de autonomia de la Comunidad Valenciana
tambien incluye la definicion del
valenciano
(denominado
catalan
en Cataluna) como lengua propia (art. 6.1). Tal definicion no se elevo a rango estatutario hasta su reforma en 2006, pese a que ya la establecia la
Ley de Uso y Ensenanza del Valenciano
de 1983 (art. 2 y 7.1).
En el
Estatuto de autonomia de Galicia
de 1981 (art. 5.1), asi como en la Ley de Normalizacion Linguistica de 1983, el
gallego
es definido como lengua propia de
Galicia
.
Islas Baleares
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]
En el caso de las Islas Baleares el actual Estatuto de Autonomia en su articulo 4.1 establece que
La lengua catalana, propia de las Illes Balears, tendra, junto con la castellana, el caracter de idioma oficial.
En
Navarra
, la
Ley de Amejoramiento del Fuero
de 1982 (articulo 9.2) no reconoce a ninguna lengua el caracter de lengua propia de
Navarra
; pero la posterior Ley Foral del Euskera de 1986 otorga el caracter de lenguas propias de Navarra tanto al castellano como al
euskera
(articulo 2.1).
Pais Vasco
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]
El
Estatuto de Autonomia del Pais Vasco
de 1979, reconoce el
euskera
como lengua propia del
pueblo vasco
(art. 6.1). La propuesta de reforma del Estatuto conocida como
Plan Ibarretxe
, mantenia dicho caracter (art. 8.1).
Principado de Asturias
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]
La Ley de uso y promocion del
asturiano
, aprobada por la
Junta General del Principado de Asturias
en 1998, en su articulo primero, reconoce a esta lengua como ≪tradicional≫ de Asturias, sin definirla como propia.
Castilla y Leon
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]
El
Estatuto de Autonomia de Castilla y Leon
establece que el dialecto
leones
sera objeto de proteccion por parte de las instituciones autonomicas. Su proteccion, uso y promocion seran objeto de regulacion. A su vez, se recoge el respeto y la proteccion de la
lengua gallega
. Ninguna es establecida como lengua propia.
El termino ha trascendido el marco autonomico espanol ya que la Ley de Ordenacion de la Lengua Oficial de
Andorra
(diciembre de 1999) lo incorporo en su exposicion de motivos (≪La lengua catalana es la lengua propia del pueblo andorrano≫).
[
11
]
Derecho internacional
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]
La jurista y romanista austriaca Ursula Wurl
[
12
]
considera como precedentes juridicos del termino la alusion al ≪idioma propio≫ o ≪propio idioma≫ referido a las minorias nacionales (etnicas, religiosas o linguisticas), que se realiza:
- en el ano 1960 en el articulo 5.1.c de la Convencion relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Ensenanza, adoptada en el marco de la UNESCO y suscrita en Paris el 14 de diciembre de 1960.
[
13
]
- en el ano 1966, en el articulo 27 del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos
.
[
14
]
Controversias
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editar
]
No existe una definicion conocida de
lengua propia
que permita distinguirla por ejemplo de
lengua vernacula
. Suelen ser definiciones politicas realizadas
ad hoc
, como la de Declaracion de la Unesco que, pese a ser apoyada por el Gobierno espanol, su definicion no se corresponde con la realidad linguistica espanola
[
cita requerida
]
ni con lo que realmente implementan los textos legales autonomicos
[
cita requerida
]
. En terminos puramente funcionales, lo unico que permite distinguir a la ≪lengua propia≫ es la capacidad de legitimar politicas institucionales favorables a las lenguas asi calificadas.
[
cita requerida
]
Estas politicas variaran en intensidad en unos sitios u otros.
Los partidarios del modelo monolingue en catalan
[
¿quien?
]
, a partir del II Congreso Internacional de la Lengua Catalana (1986), dieron carta de naturaleza al concepto
lengua propia,
como forma de resolver el
conflicto
y recuperarse del
estatus desfavorable
que, debido al proceso de
castellanizacion
de Espana, atribuyen a la considerada como lengua propia frente al castellano.
[
15
]
Para esta postura
[
cita requerida
]
el
bilinguismo
siempre es una situacion transitoria de sustitucion de la
lengua propia
, por lo que, a su juicio, deben arbitrarse medidas de
discriminacion positiva
que inviertan el proceso.
[
16
]
En general, esta ha acabado siendo la postura predominante dentro de la
sociolinguistica
catalana y se plasmo en el Manifiesto ≪
Per a un nou estatut social de la llengua catalana
≫
[
17
]
(1997), respaldado por numerosas figuras y que reivindicaba ≪la oficialidad unica≫ para la lengua catalana, aportando como principal argumento que es la ≪lengua propia≫.
Por el otro lado, el concepto encontro criticas desde muy pronto. La primera critica publica al concepto de
lengua propia
y a sus consecuencias probablemente fue el
Manifiesto de los 2.300
(1981). Posteriormente, hubo filologos como
Gregorio Salvador
[
18
]
que se mostraron tambien muy criticos. Esta misma postura la han compartido algunos filologos y periodistas vascos y catalanes, como
Jon Juaristi
,
[
19
]
Xavier Pericay
[
20
]
y
Ferran Toutain
, cofundadores, estos ultimos, de la plataforma civil
Ciutadans de Catalunya
, embrion del partido catalan
Ciudadanos-Partido de la Ciudadania
. La misma posicion ha dado cuerpo, mas recientemente, a la obra de la periodista madrilena
Irene Lozano
[
21
]
y diputada en el Congreso de los Diputados de Espana por el
PSOE
. Esta misma linea critica comparte el catedratico catalan de Derecho Constitucional
Francesc de Carreras
, tambien fundador de
Ciutadans de Catalunya
y proximo a
Cs
.
[
22
]
Especialmente resenable para fijar estas posiciones fue el Manifiesto del
Foro Babel
.
[
23
]
Todos ellos, con diversos matices, han elaborado la critica al concepto. En general, todos ellos coinciden en que la expresion ≪lengua propia≫ sugiere a los hablantes que su opcion va mas alla de la decision personal de hablar una u otra lengua, y que esa decision lleva implicita su adhesion a un proyecto identitario. Siempre segun estos autores, ≪lengua propia≫ constituiria una categoria ideologica, no cientifica, que no tendria consistencia empirica fuera del ideario nacionalista. En el uso dado a este termino en la legislacion de la Comunidad Autonoma de Aragon, teniendo en cuenta lo manifestado por algunas opiniones,
[
10
]
esta denominacion podria suponer un subterfugio para evitar la declaracion expresa como lengua oficial.
Referencias
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editar
]
- ↑
Puig i Salellas, J. M. (2009): ≪La doble oficialitat linguistica com a problema juridic≫, en
Doble oficialitat i llengua propia: dues llengues i un territori.
Barcelona: Marcial Pons i Fundacio Noguera, pp. 43-74. Disponible en linea:
La doble oficialidad
Archivado
el 4 de marzo de 2016 en
Wayback Machine
..
- ↑
Declaracion Universal de los Derechos Linguisticos
- ↑
Anna M. Pla,
L'ordenacio de la questio linguistica a Catalunya de 1982 a 1936
, Revista de llengua i dret, ISSN 0212-5056, N.º. 43, 2005 , pags. 179-212
- ↑
Xavier Pericay,
Libertad o coaccion. Introduccion
.
FAES
.
- ↑
≪El catalan como lengua propia de Cataluna lo es tambien de la ensenanza. Se utilizara normalmente como lengua vehicular y de aprendizaje de la educacion infantil, de la educacion primaria, y la secundaria obligatoria.≫ (Decreto 75/1992)
- ↑
Vease:
Lengua propia, cultura impropia
- ↑
La ley del catalan de 1/1998 proclama (art. 2) a la lengua propia como lengua ≪de todas las instituciones de Cataluna≫.
- ↑
"LEY 10/2009, de 22 de diciembre, de uso, proteccion y promocion de las lenguas propias de Aragon.
Archivado
el 28 de marzo de 2010 en
Wayback Machine
. Boletin Oficial de Aragon num. 252, de 30 de diciembre de 2009"
- ↑
"Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragones
. Boletin Oficial de Aragon num. 36, de 29 de marzo de 1999"
- ↑
a
b
"Documento informativo Ley de Lenguas: un primer paso decisivo/Lei de Luengas: un primer trango dezisibo/Llei de Llengues: un primer pas decisiu. Ley de uso, proteccion y promocion de las lenguas propias de Aragon". Chunta Aragonesista. Diciembre de 2009.
- ↑
Llei d’ordenacio de l’us de la llengua oficial
, pg. 66:
La llengua catalana es la llengua propia del poble andorra
- ↑
Ursula M. Wurl: ≪El concepte juridic de llengua propia≫, en:
Revista de Llengua i Dret,
56 (2011), 37-64: p. 54.
[1]
- ↑
http://www.findthatpdf.com/search-36766962-hPDF/download-documents-17724.pdf.htm
- ↑
[2]
- ↑
Eduard Voltas.
La guerra de la llengua
, Ed. Empuries, Barcelona: 1996
- ↑
Albert Branchadell,
La normalitat improbable
, Empuries, Barcelona, 1996.
- ↑
≪≪El Manifiesto Per a un nou estatut social de la llengua catalana≫≫
. Archivado desde
el original
el 16 de junio de 2012
. Consultado el 20 de junio de 2006
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- ↑
Gregorio Salvador,
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, Ariel, Barcelona, 1987.
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Jon Juaristi,
Vestigios de Babel
, Siglo XXI, Madrid, 1992.
- ↑
Xavier Pericay,
Historia de una infamia
,
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, num. 23, julio-septiembre de 2005.
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Irene Lozano,
Lenguas en guerra
, Madrid,
Premio Espasa de Ensayo
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- ↑
Francesc de Carreras,
La verdadera normalizacion del catalan
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(Cataluna), 1-V-2003
- ↑
Documento sobre el uso de las lenguas oficiales en Cataluna
Archivado
el 13 de julio de 2006 en
Wayback Machine
.. Publicado en 1997, aparecio poco antes de la aprobacion de la nueva ley del catalan (1/1998).
Vease tambien
[
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]
Enlaces externos
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