Competencia (derecho)

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La competencia es la atribucion juridica otorgada a ciertos y especiales organos del Estado que permiten asesorar bienes y derechos a la empresa para tener pretensiones procesales con preferencia a los demas organos de su clase. Ese organo especial es llamado tribunal . En Espana, al existir jurisdiccion unica, se entiende el desempeno de la misma jurisdiccion por todos los tribunales, en lugar de por cantidades. En Latinoamerica , especificamente en Chile esta definida por ley en el Codigo Organico de Tribunales en su articulo numero 108 que dice que la competencia es la facultad que tiene cada juez o tribunal para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones.

La competencia tiene como supuesto, el principio de pluralidad de tribunales dentro de un territorio jurisdiccional. Asi, las reglas de competencia tienen como objetivo determinar cual va a ser el tribunal que va a conocer, con preferencia o exclusion de los demas, de una controversia que ha puesto en movimiento la actividad jurisdiccional . Por ello se ha senalado que, si la jurisdiccion es la facultad de administrar justicia , la competencia fija los limites dentro de los cuales se ejerce tal facultad. O, dicho de otro modo, los jueces ejercen su jurisdiccion en la medida de su competencia.

Mientras los elementos de la jurisdiccion estan fijados, en la ley , prescindiendo del caso concreto, la competencia se determina en relacion con cada juicio (a cada caso concreto).

En la competencia tambien esta inmerso el fuero o fuero de competencia, que no es mas que un privilegio para funcionarios con altos cargos publicos, debido a que estos no pueden ser juzgado por un juez que tenga una jerarquia menor en referencia de quien se juzga.

Los jueces con mayor jerarquia en el pais son los que integran la Corte Nacional de Justicia, esta corte tiene su sede en Quito.

Ademas, no solo la ley coloca un asunto dentro de la esfera de las atribuciones de un tribunal , sino tambien es posible que las partes ( prorroga de competencia o competencia prorrogada ) u otro tribunal ( competencia delegada , via exhorto ).

Factores de competencia [ editar ]

Los factores de competencia son aquellos que la ley toma en consideracion, para distribuir la competencia entre los diversos tribunales de justicia del pais .

Entre ellos encontramos:

  • La materia : es la naturaleza juridica del asunto litigioso. Que puede ser civil , mercantil , laboral , penal , constitucional , etc.
  • La cuantia : es decir, el valor juridico o economico de la relacion u objeto litigioso.
  • El grado : que se refiere a la instancia o grado jurisdiccional, atendida la estructura jerarquica de los sistemas judiciales , en que puede ser conocido un asunto. Puede ser en unica, primera o segunda instancia.
  • El territorio : es decir, el lugar fisico donde se encuentran los sujetos u objeto de la controversia o donde se produjo el hecho que motiva el juicio .

Aplicando estos factores a una controversia, es posible determinar que tribunal es competente para ella, es decir, le corresponde resolver dicho asunto.

Clases de competencia [ editar ]

Actualmente se habla de las siguientes clases:

  • La competencia generica o "jurisdiccion" : Criterio mediante el cual se establece una parcelacion del ordenamiento juridico en diversas ramas juridicas, de comun aceptacion, como son el derecho civil, el derecho penal, el derecho administrativo y el derecho laboral.
  • La competencia objetiva : Criterio que permite distribuir el ejercicio de la potestad jurisdiccional entre los organos jurisidiccionales de un mismo orden jurisdiccional en atencion a la naturaleza de la pretension procesal que constituye el objeto de cada proceso.
  • La competencia funcional : Criterio que determina a que organo jurisdiccional corresponde conocer y decidir los incidentes y recursos que se presentan en el proceso. Tengase como ejemplo los recursos devolutivos, su resolucion se atribuye a un organo jurisdiccional distinto al que ha dictado la resolucion recurrida
  • La competencia territorial : Criterio que determina la circunscripcion territorial en la que ha de tener su sede el organo jurisdiccional con competencia objetiva y funcional. No confundir con las normas de reparto de asuntos.

Principios de la Competencia territorial [ editar ]

La Garantia de Fijeza (O de Radicacion) Radicado con arreglo a la ley el conocimiento de un negocio, ante un tribunal competente, no se alterara esta competencia por causa sobreviviente.

La Regla de Grado . Una vez fijada con arreglo a la ley la competencia de un juez inferior para conocer en primera instancia de un determinado asunto, queda igualmente fijada la del tribunal superior que debe conocer del asunto en segunda instancia.

El Principio de la Extension . El tribunal que es competente para conocer de un asunto, lo es igualmente para conocer de todas las incidencias que en el se promuevan.

El Principio de Inexcusabilidad . Siempre que segun la ley fueren competentes para conocer de un mismo asunto dos o mas tribunales, ninguno de ellos podra excusarse del conocimiento, bajo el pretexto de haber otros tribunales que puedan conocer del mismo asunto.

El Principio de Prevencion . No obstante fueren competentes dos o mas tribunales para conocer de un asunto, el que haya prevenido en el conocimiento excluye a los demas, los cuales cesan desde entonces de ser competentes.

La Regla de Ejecucion . La ejecucion de las resoluciones corresponde a los tribunales que las hubieren pronunciado en primera o unica instancia . Los tribunales que conozcan de la revision de las sentencias firmes o de los recursos de apelacion, de casacion o de nulidad contra sentencias definitivas penales, ejecutaran los fallos que se dicten para su sustanciacion.

Notese que en el sistema judicial peruano la competencia territorial es prorrogable a diferencia de los diferentes tipos de competencia; "Se funda en la conviccion de la utilidad que puede tener el acuerdo de las partes como indice de la idoneidad, respecto del litigio, de un oficio diverso del determinado segun las normas de la competencia principal". [ 1 ]

Referencias [ editar ]

  1. Posada, Giovanni F. Priori (25 de abril de 2004). ≪La competencia en el Proceso Civil Peruano≫ . Derecho & Sociedad (22): 38-52. ISSN   2521-599X . Consultado el 22 de junio de 2020 .