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≪Carta puebla≫
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Carta puebla
,
carta de poblacion
o
privilegio de poblacion
(en
latin
,
chartae populationis
) es la denominacion del
documento
por el cual los
reyes
cristianos,
senores
laicos y eclesiasticos o
concejos
de la
peninsula iberica
otorgaban una serie de
privilegios
a
grupos poblacionales
con el fin de obtener la
repoblacion
de ciertas zonas de interes
economico
o
estrategico
durante la
Reconquista
.
[
1
]
Constituyo la primera manifestacion de
derecho local
aparecida durante dicho proceso.
Finalidad
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]
Las cartas pueblas surgieron dentro del contexto del proceso
reconquistador
de la
Peninsula
y, la subsecuente,
repoblacion
de las areas recuperadas militarmente. Con ellas se pretendia asegurar las nuevas
fronteras
?finalidad estrategica?, a traves del asentamiento de una poblacion guerrera y campesina; y la revitalizacion de las tierras conquistadas a los musulmanes ?objetivo
economico
?, fomentando la creacion de nuevas fuentes de
riqueza
y el aumento, consecuente, de los
recursos
de la
hacienda
real. Ademas, sirvieron a los reyes como un instrumento politico de equilibrio frente al poder senorial, permitiendo la generacion de nucleos urbanos conformados por hombres libres, que hacian las veces de una tercera fuerza entre los senores y los monarcas.
Debido a que su finalidad primordial era atraer
pobladores
, estas cartas se limitaban, en general, a fijar las condiciones
juridicas
de la
ocupacion
del territorio y del asentamiento en este, asi como las
relaciones
entre los repobladores y el
senor
de la tierra ?relacion o
regimen senorial
entre estos?. Algunas, ademas, contuvieron una incipiente regulacion juridica de la vida local. Fueron utilizadas fundamentalmente en la repoblacion de la zona norte y centro de la
peninsula iberica
, areas por lo general deshabitadas o con escasa poblacion residente.
Otorgantes y modalidades
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]
El otorgante de la carta puebla era el respectivo
senor
del territorio ?
rey
cristiano o senor laico o eclesiastico?, que actuaba por propia iniciativa (o como delegado del respectivo rey) o, en ocasiones, a solicitud de los propios
subditos
. En este ultimo caso, les daba a estos acuerdos un cierto caracter de
pacto
.
Dentro de las cartas pueblas, se pueden distinguir diversas modalidades, en funcion de su naturaleza y contenido. Entre ellas, se puede mencionar:
- El 'contrato agrario-colectivo': que era de caracter
privado
y fijaba las normas a las cuales debian ajustarse los pobladores que se asentarian en la zona: limites, titularidad de la tierra, rentas, etc.
- El 'contrato agrario-colectivo publico' o 'carta de poblacion de naturaleza publica': que establecia un regimen
juridico-publico
, estableciendo exenciones o privilegios de caracter economico, cargas, etc.
Algunas cartas pueblas llegaron a contener ciertas normas de
Derecho civil
,
penal
y
procesal
.
Historia
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]
La mas antigua carta de poblacion de
Castilla
es la
Carta Puebla de Branosera
de 824, otorgada por el conde
Munio Nunez
, y confirmada por
Fernan Gonzalez
en 968. En el
condado de Barcelona
se otorgaron varias, tales como la de
Freixa
, concedida por
Witardo
en 954 y la Carta Puebla de
Cardona
de 986, otorgada por
Borrell II
. En
La Rioja
, el obispo de
Najera
concedio una a
Longares
en 1065. En
Aragon
, se conoce la Carta de Poblacion de
Belchite
, concedida por
Alfonso I
en 1126. En 1614 D. Jeronimo de Rocamora se la concede a la localidad de
Redovan
(
Alicante
).
Pedro I
de Castilla la otorgo a
Utiel
en 1355. En 1248
Don Frey Guillen de Mondragon
, la otorgo al consejo de
Turleque
. En 1297, el propio
concejo de Segovia
le concedio la carta puebla al concejo de
El Espinar
.
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2
]
A partir de finales del siglo
X
, el
derecho local
comenzo a fijarse por escrito, recogiendose
normas
de diversas procedencias, atribuyendose por lo general al otorgante de la primera carta de poblacion. Este proceso derivo en nuevas cartas que poseian la forma de
privilegios
reales y que se presentaban bajo una diversa nomenclatura ?
chartae fori
,
chartae libertatis
,
confirmationis
,
privilegii
, entre otras?; estas se han denominado por los investigadores como
fueros breves
, por su extension limitada al
diploma
que los contenia.
Relacion con los Fueros
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]
Las cartas pueblas estan intimamente relacionadas con los
fueros municipales
. En algunos casos, la principal diferencia existente entre las cartas y los fueros esta dada por la circunstancia de su concesion.
Ciertas cartas asi lo expresan en su texto: concesion del lugar
ad populandum
, fijacion de los limites, especificacion del numero de pobladores y su origen. Otras, en cambio, por su contenido no se diferencian mayormente de los fueros.
Por tal motivo, ciertos
historiadores del Derecho
no comparten esta terminologia y distincion, considerando que todos los documentos que, de algun modo regularon la vida local, son fueros.
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3
]
Vease tambien
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]
Referencias
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]
Bibliografia
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]
- Barrero Garcia, Ana Maria (1989). ≪El Derecho local en la Edad Media y su formulacion por los reyes castellanos≫.
Anales de la Universidad de Chile
. 5ª (196).
p 105-130. Estudios en honor de Alamiro de Avila Martel
.
- Barrientos Grandon, Javier (1994).
Introduccion a la historia del Derecho chileno. I. Derechos propios y Derecho comun en Castilla
. Santiago: Barroco Libreros.
Enlaces externos
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