Agente encubierto

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Agente encubierto o secreto , tambien conocido coloquialmente como " topo ", es el infiltrado en una organizacion que sirve a otra. Los topos pueden dedicarse, bien a actividades ilegales, como el espionaje o la provocacion , o bien a actividades legales, caso de los miembros de la policia que investigan organizaciones sociales, politicas, sindicales u organizaciones ilegales o criminales.

En este segundo caso, el topo actua con autorizacion judicial . De este modo, "el agente encubierto investiga el crimen desde el interior de la organizacion criminal, actuando sin exceder el marco de las garantias constitucionales basicas y aprovechandose de las oportunidades y facilidades que le brinda aquel ya predispuesto a cometer un hecho delictivo” ( M. Bohermer ). Tal predisposicion, el dolo preexistente, es lo que diferencia su funcion de la del agente provocador .

Dado que algunos delitos solo pueden descubrirse y probarse si los organos encargados de la prevencion logran ser admitidos en el circulo de la intimidad en el que ellos tienen lugar, en algunos sistemas judiciales se permite al juez designar por resolucion a agentes de las fuerzas de seguridad en actividad para que se introduzcan en forma encubierta como integrantes de organizaciones delictivas, a fin de obtener informacion sobre sus integrantes, funcionamiento, financiacion, etc. La regla es el mantenimiento del estricto secreto de la actuacion del agente encubierto, y la excepcion queda sustentada en el caracter absolutamente imprescindible del aporte testifical. En caso de revelacion de la identidad real del agente encubierto, su situacion de peligro personal es asumida por la ley y obliga a su proteccion cuando aquella se produjo, mediante las medidas adecuadas ordenadas antes de concretarse la declaracion testimonial.

El primer texto historico que se refiere a los espias es El arte de la guerra de Sun Tzu , escrito alrededor del ano 500 a. C. Los antecesores del espionaje fueron los ninja del Japon feudal. El personaje de ficcion James Bond es ejemplo de agente secreto.

Por consiguiente, la figura del agente encubierto se regula en el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, en el articulo 282 bis LECrim. El agente encubierto con previa autorizacion judicial, del Juez de Instruccion o del Ministerio Fiscal, es el encargado de infiltrarse en una organizacion criminal, en la cual, se le autoriza a utilizar un alias, investigar, relacionarse con los miembros de la organizacion criminal, entre otros. Es decir, la figura del agente encubierto obtiene informacion mediante la infiltracion en las actividades propias de la delincuencia organizada. El agente cuando haya obtenido informacion, debera ponerla en conocimiento de la investigacion con la mayor brevedad posible.

Cabe resaltar, la existencia de la figura del agente encubierto informatico .

El agente encubierto informatico , corresponde a funcionarios de la Policia Judicial que actuan mediante identidad supuesta. Con la finalidad de esclarecer los hechos constitutivos de delitos a traves de las comunicaciones mantenidas en las redes sociales u otras formas de conexion de internet. Requieren especificamente una autorizacion judicial para actuar en canales cerrados de comunicacion, y requieren una autorizacion especial para intercambiar o enviar archivos ilicitos por razon de su contenido en el curso de una investigacion.

Por ende, el agente encubierto informatico , tal y como indica la Ley Organica 13/2015, de 5 de octubre, de modificacion de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantias procesales y la regulacion de las medidas de investigacion tecnologica, con previa autorizacion judicial especifica para ello, podra intercambiar o enviar por si mismo archivos ilicitos por razon de su contenido y analizar los resultados de los algoritmos aplicados para la identificacion de dichos archivos ilicitos.

Vease tambien [ editar ]

Referencias [ editar ]