Unidad de valor real (UVR)

La unidad de valor real (UVR) es una unidad de cuenta que refleja el poder adquisitivo de la moneda con base en la variacion del indice de precios al consumidor (IPC). La UVR es certificada por el Banco de la Republica y es usada para calcular el costo de los creditos de vivienda que le permite a las entidades financieras mantener el poder adquisitivo del dinero prestado.

 

Nota: El Banco de la Republica realiza la publicacion de los valores de la UVR dentro de los tres dias habiles posteriores a la divulgacion del Indice de precios al consumidor (IPC), ya que este ultimo es el insumo para el calculo de dichos valores.


Por lo tanto, dado que el DANE modifico el calendario de difusion del IPC, las fechas en las que se calcula y publica la UVR han sido modificadas. A partir del mes de junio de 2023, el IPC es publicado el quinto dia habil de cada mes. En consecuencia, los valores de la UVR seran publicados a mas tardar el octavo dia habil de cada mes.

Las fechas maximas de publicacion de la UVR en los proximos doce meses se encuentran disponibles en el calendario disponible en el calendario disponible en la pagina web del Banco .

 

 

+ Notas metodologicas

  • La metodologia usada para calcular la UVR fue establecida por la Junta Directiva del Banco de la Republica dando estricto cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional en la sentencia C-955/2000.
  • Para mas informacion sobre los antecedentes de la UVR consulte Reportes del Emisor 41 
  • La metodologia usada para calcular la UVR puede consultarse en la Resolucion Externa 13 del 2000 
  • Guia metodologica UVR 
  • Ficha metodologica UVR 
  • Manual de usuario UVR